La norma para la policía parece que ha quedado en el olvido, pues a vista y paciencia de ellos, no hacen nada por remediar esta situación.
Por Juan Zapata y Martín Alvarado
El incremento del tráfico en Cajamarca pone en peligro a los cajamarquinos que de manera imprudente intentan ganar a las unidades móviles en el centro de la ciudad.En medio del congestionado tráfico, niños, jóvenes y adultos inconscientes intentan lidiar con los apresurados taxistas que tampoco están preparados para actuar rápidamente ante la imprudencia de los ciudadanos. Las infracciones a los peatones que deberían ser sancionados por la policía parece que ha quedado en el olvido, pues a vista y paciencia de ellos, no hacen nada por remediar esta situación.
Y es que a dos meses y tres días que entró en vigencia el DS 040-2010/MTC, que incluye imposición de multas, ningún peatón recuerda, al preguntarle, de las sanciones y peor aún algunos no saben que existen. La Policía también se olvidó de las campañas de sensibilización, situación que comprobamos en un breve recorrido por las principales calles y avenidas de Cajamarca.
Algunos peatones (imprudentes) dijeron a Panorama Cajamarquino que la culpa no es de ellos, sino de las autoridades locales que no invierten en el pintado de los cruces peatonales, señales de tránsito y en la instalación de semáforos.
¿Y claro que tiene razón? Pero, tampoco es excusa para no respetar las normas de tránsito (respondimos al peatón que no quiso identificarse y al insistir decidió seguir apresuradamente su trayecto).
La norma que entró en vigencia el 15 de noviembre busca reducir los accidentes de tránsito con consecuencias fatales, respeto a la norma de tránsito y ordenar la ciudad. Y en ese entonces, la saliente directora de Transportes y oficial de la PNP invocaron a los cajamarquinos a tomar conciencia de que el respeto a las normas de tránsito minimizará los accidentes de tránsito.
“La educación debe salir de la misma familia, de los colegios porque tenemos primero que educar, concientizar y después sancionar. “No lo tomen muy a la ligera porque se va a sancionar, a multar y obviamente una sanción pecuniaria, va a afectar su economía”, enfatizaron.
Sanciones: Para no olvidar
Según la norma, el cruzar de manera intempestiva o temerariamente la calzada, sin respetar las reglas de tránsito, tendrá una multa de S/. 72, por tratarse de una falta grave, y su marcha será interrumpida por la PNP.
La misma sanción será aplicada a los que atraviesen la calzada sin utilizar los puentes peatonales o cruces subterráneos, en las vías de tránsito rápido o de acceso restringido; a quienes caminen por las calzadas excepto para cruzarlas o evitar un obstáculo; a quienes no respeten las señales que rigen el tránsito o desobedezcan las indicaciones del policía asignado al control del tránsito.
Se castigará de igual forma a quienes crucen la calzada por delante de un vehículo detenido, por cualquier causa, cuando no le asiste derecho de paso; no respetar el derecho de preferencia de los vehículos de emergencia o vehículos oficiales que se anuncien con sus señales audibles y visibles; así como a los peatones que alteren, mutilen, remuevan o supriman las señales de tránsito.
Como infracciones graves –sancionables con 27 soles, equivalente al 0.75 por ciento de una UIT, y la interrupción de la marcha– están tipificadas el bajar o ingresar repentinamente a la calzada para intentar detener un vehículo; subir o bajar de los vehículos en movimiento; utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios u otros a excepción de la publicidad que se emplee en las señales turísticas en la forma establecida en el Manual de Dispositivos de Control del Tránsito para Calles y Carreteras.
Con una multa de 18 soles –equivalente al 0.5 por ciento de una UIT– y la interrupción de la marcha se tipificaron las infracciones leves cometidas por peatones que transiten cerca al sardinel o al borde de la calzada; sujetarse de algún elemento externo de la carrocería de un vehículo que está circulando; subir o bajar el pasajero de los vehículos por el lado izquierdo, salvo que, de acuerdo con el Reglamento Nacional de Vehículos, la estructura vehicular no cuente con puerta a la derecha o se encuentre autorizado por la autoridad competente.
¿Cómo sancionan otros países?
En comparación con otros países como Argentina, Chile y Colombia las sanciones de nuestro país son bastante blandas. Por ejemplo; en Argentina reciben penas de tres a cinco años de cárcel y hasta impedimento de salida del país.
Las sanciones a los peatones imprudentes son drásticas en otros países en los que sí se impone multas, penas de cárcel de tres a cinco años y hasta impedimento de salida del país. Así lo reveló Luis Quispe Candia, presidente de la organización Luz Ámbar, especialista en temas de transporte. Esos son los casos de Colombia, Argentina y Chile, de los que podemos recoger su experiencia y compararla con nuestro país.
Las sanciones a los peatones imprudentes son drásticas en otros países en los que sí se impone multas, penas de cárcel de tres a cinco años y hasta impedimento de salida del país. Así lo reveló Luis Quispe Candia, presidente de la organización Luz Ámbar, especialista en temas de transporte. Esos son los casos de Colombia, Argentina y Chile, de los que podemos recoger su experiencia y compararla con nuestro país.
“En Chile está establecida la sanción a los peatones en su reglamento de tránsito. Por ejemplo, existen tres infracciones con sanciones pecuniarias: cruzar en luz roja, la multa es de 29,800 pesos, unos 140 soles; cruzar por la mitad de la cuadra, se sanciona con 7,200 pesos, unos 40 soles; caminar por la berma de espaldas al sentido del tránsito (en las carreteras se debe caminar en sentido opuesto al tránsito) tiene multa de 22,700 pesos, unos 120 soles”, explicó.
En Chile, el 47% de accidentes de tránsito, por atropello, es responsabilidad del peatón. En Argentina representa el 44%, mientras que en nuestro país es de 72%. En Colombia, las infracciones al peatón imprudente están homogenizadas en 18 mil pesos, que serían unos 30 soles. En Argentina, desde junio del año pasado, la multa en esos casos es de 10.90 dólares, unos 30 soles. Además, el peatón que causa un accidente de tránsito, es decir, que no ha sido atropellado pero causa el accidente, podría tener una pena privativa de la libertad de entre tres y cinco años, aparte de la multa respectiva.
Papeletas
En los tres países se establece la detención del peatón a la dependencia policial, en caso se resista a recibir la papeleta de infracción. En Argentina, cuando las multas no son pagadas, se dispone el impedimento de salida del país. En el Perú, actualmente existen 13 infracciones al peatón, pero falta reglamentar las sanciones por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En el 2001, al peatón imprudente que cometía una infracción muy grave se le sancionaba con el 2% de la UIT, es decir, 72 soles. “Ahora, no sabemos cómo será”, finalizó Quispe.

